De la gran tradición taurina de Chinchón tenemos constancia, como ya hemos comentado en alguna ocasión, a primeros del siglo XVI cuando nos visitaron doña Juana I de Castilla y su esposo don Felipe el Hermoso. Para conocer con todo lujo de detalles la historia taurina de Chinchón, lo mejor es leer el interesantísimo libro “Toros en Chinchón” de Carlos Alonso y José Miguel Sánchez Vigil.
Por este libro y por los relatos que todos hemos oído de nuestros mayores, sabemos que antaño los encierros eran la forma de traer los toros desde las ganaderías hasta el pueblo y que se hacía a pie, acompañados por los mayorales a caballo, que eran recibidos por los paisanos que a pie y a caballo hasta llegar a la plaza.
Sin embargo, he descubierto con una cierta sorpresa, que en los programas de festejos de las fiestas, hay varios años, a mediados de los años cincuenta del siglo pasado, en los que no se celebraban los encierros. Los toros se traían en camiones y se desencajonaban directamente en los toriles o en el centro de la plaza.
Según esta información, fue el año 1961 cuando se vuelve a celebrar el encierro a las 6 de la tarde el día de San Roque. En el año 1964 se programan dos encierros, a las 9 de la mañana, pero el año 1965 hasta el 1970 se retoma el horario vespertino. En alguna ocasión se celebró también un encierro nocturno.
Los años siguientes se vuelve a la mañana, anternado los encierros con el “toro del aguardiente” del que hablé el otro día, hasta el año 1995 que se amplían a tres encierros, subiendo los años 1999,2000,2001 a cuatro encierros, para batir el record al año siguiente con nada menos que ¡cinco encierros!.
Al año siguiente, con el cambio en la Junta de Gobierno en el Ayuntamiento, se reducen a dos, pero a partir del año 2004 se elevan a tres que es el número que se ha mantenido hasta la fecha. En los últimos años, uno de estos encierros que se celebra el día 16, festividad de San Roque, se hace por la tarde.
La Comunidad de Madrid aprobó el Decreto 112/1996, de 25 de julio, por el que se rige el Reglamento de Espectáculos Taurinos Populares.
Este decreto regula todo lo concerniente a los encierros y capeas, indicando las medidas de seguridad, sanitarias y legales precisas para poder celebrar esta clase de festejos. Además dispone que el tiempo máximo de permanencia de la res en el ruedo será de quince minutos, no permitiendo que vuelva a ser utilizada en otro festejo, sino que debe ser sacrificada inmediatamente.
Todo ello encarece de forma muy importante la realización de capeas y encierros y los hace prohibitivos para las mermadas arcas municipales, en tiempos de crisis económica, como estamos viviendo en la actualidad.
Cuando se invoca la tradición para justificar la realización de estos espectáculo, debiéramos ser concecuentes y hacer lo que se hacía antaño: un encierro y una corrida de toros... mientras la economía lo permita.