lunes, 13 de agosto de 2018

REPERCUSIÓN DE LAS DESAMORTIZACIONES DEL SIGLO XIX EN CHINCHÓN. II


DESAMORTIZACION DE MENDIZÁBAL (1836-1837)
La desamortización de Mendizábal, ministro de la regente María Cristina de Borbón, en 1836, tuvo, también, unas consecuencias muy importantes para la historia económica y social de España.
Como la división de los lotes se encomendó a comisiones municipales, éstas se aprovecharon de su poder para hacer manipulaciones y configurar grandes lotes inasequibles a los pequeños propietarios pero pagables, en cambio, por las oligarquías muy adineradas que podían comprar tanto grandes lotes como pequeños.
Los pequeños labradores no pudieron entrar en las pujas y las tierras fueron compradas por nobles y burgueses urbanos adinerados, de forma que no pudo crearse una verdadera burguesía o clase media en España que sacase al país de su marasmo.
Los terrenos desamortizados por el gobierno fueron únicamente los pertenecientes al clero regular. Por esto la Iglesia tomó la decisión de excomulgar tanto a los expropiadores como a los compradores de las tierras, lo que hizo que muchos no se decidieran a comprar directamente las tierras y lo hicieron a través de intermediarios o testaferros.
Sin duda, en Chinchón, fueron las propiedades de los Padres Agustinos, las de mayor importancia.
En el año 1809, José Bonaparte ordena la total clausura de todos los conventos, adueñándose de todos sus bienes. Esta es la primera vez que los frailes tienen que abandonar su convento. Unos años después, el 21 de mayo de 1814, Fernando VII ordena la devolución de los conventos y llegan de nuevo los frailes a Chinchón.
Sólo 23 años más tarde, el día 29 de junio de 1837, al ordenarse por ley la extinción de las órdenes religiosas, el Convento pasa a propiedad estatal, y con él todos los objetos de valor, incluso las campanas, alhajas y muebles.
Sin embargo, las circunstancias colaboraron para que esta importante propiedad no pasase a manos privadas.
Con fecha 21 de abril de 1834 se había creado la nueva ordenación administrativa de España por demarcaciones provinciales.
Reuniendo 17 pueblos de las provincias de Segovia, Toledo y Madrid, se conforma el nuevo partido judicial de Chinchón. Son: Chinchón, Villaconejos, Aranjuez, Colmenar de Oreja, Villamanrique de Tajo, Fuentidueña de Tajo, Estremera, Brea de Tajo, Valdaracete, Villarejo de Salvanés, Carabaña, Tielmes, Perales de Tajuña, Arganda del Rey, Morata de Tajuña, Valdelaguna y Belmonte de Tajo.
Aunque había habido presiones de Aranjuez y Colmenar de Oreja reclamando para sí la titularidad del partido judicial, por considerarse más importantes que nuestro pueblo, Chinchón es designado finalmente como cabeza de este partido judicial.
Entre los servicios comunes del Partido estaba el Juzgado de Instrucción y la Cárcel. Para ello se habilita una casa en la plaza mayor, que hacía esquina con la calle de Morata, pero que no reunía las características para tan específico cometido.
En un pleno celebrado el día 22 de julio de 1840, reunidos los representantes del partido judicial de Chinchón, acuerdan solicitar a S. A. el Regente del Reino, el edificio del antiguo convento de los agustinos para que se construya la cárcel del partido. Era Alcalde de Chinchón, D. Joaquín Ortiz de Zárate, argumentando la imperante necesidad de ampliación de estos servicios por el volumen de casos que se tenían que atender.
Disponemos de algunos datos, aunque referidos al año 1843. Los acusados en este partido judicial en ese año fueron 193, de los que resultaron 20 absueltos de la instancia y 25 libremente; 146 penados presentes y 2 contumaces, 3 reincidentes en el mismo delito, 16 de otro diferente con el intervalo de 1 a 10 años; de los procesados 36 , contaban de 10 a 20 años de edad, 119 de 20 a 40 y 35 de 40 en adelante, en 3 se ignora la edad; 177 eran hombres y 14 mujeres, no resulta el sexo de 2; 107 solteros y 48 casados, tampoco se sabe el estado de 38; 42 sabían leer y escribir, de los restantes no aparece justificada esta circunstancia, 3 ejercían profesión científica o arte liberal, 147 artes mecánicas; el ejercicio u ocupación de los demás no consta.
En el mismo período se perpetraron 67 delitos de homicidio o heridas, 6 con armas de fuego de uso lícito y de ilícito; 21 con armas blancas permitidas y 9 con prohibidas, 11 con instrumento contundente y 18 con otros instrumentos o medios ignorados.
Por estos datos, podemos deducir que para atender esta demanda era necesario disponer de unas instalaciones apropiadas. Así lo debieron entender las autoridades y, con fecha 9 de agosto de 1842, se comunica al Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento constitucional de Chinchón, que con fecha 23 de julio 1842, el Sr. Intendente de Rentas de la provincia de Madrid, por orden de la Dirección General de Rentas y Arbitrios de Amortización, concede autorización para que se construya la cárcel del partido en el ex convento de San Agustín.
Con fecha 28 de agosto de 1842 se reúne el Alcalde de Chinchón con el Sr. Juez de Instrucción y los representantes de todos los pueblos que componen el Partido Judicial de Chinchón, y acuerdan nombrar una comisión para que se encargase de controlar las obras, con un representante de cada pueblo, presidida por el Sr. Juez de Instrucción.
Todo lo que se indica en los dos párrafos anteriores, y los datos que se aportan a continuación, se encuentra en un Legajo, señalado con el número 70, del año 1842, titulado "Expediente formado a la construcción de Cárcel en el ex convento de San Agustín, por cesión de S. A. el Regente del Reino"
Existen escritos de todos los ayuntamientos en los que se nombra su representante para formar parte de la Comisión.
Hay una "Tasación, hecha por los maestros carpinteros de esta villa, Víctor y Vicente Ruiz de las obras que se necesitan hacer para plantear la nueva cárcel en el ex convento de agustinos de esta villa". Fechado el 4 de septiembre de 1842, asciende el presupuesto a 18.192 reales. Con la misma fecha hay otro documento firmado por los mismos carpinteros titulado: "Razón de los que se puede aprovechar de lo que hay en el convento para rebajar su importe de la tasación de las obras de la nueva cárcel." Asciende a un total de 6.189 reales.
El 14 de septiembre de 1842 se reúne el pleno de la comisión del Partido y aprueba el presupuesto, indicando que las obras salgan a subasta y que las mismas se ajusten a lo presupuestado en cuanto a calidad de la construcción ya que ésta debe ser sólida y consistente dado el destino de la misma.
Con fecha 20 de octubre de 1842, la Diputación provincial de Madrid, comunica que ha encargado al ingeniero don Martiano Mariano Marco Artu, un informe para la realización de la reforma necesaria para transformar el convento de los agustinos en cárcel nacional del Partido.
Con fecha 1o de diciembre de 1842, dicho ingeniero emite este informe en el que indica, entre otras consideraciones;
"Se logrará la seguridad de los presos a la par que la necesaria incomunicación entre ellos, e igualará el desahogo, ventilación y medidas de aseo que han de menester. Ya se deduce que estarán libres de la fetidez que desgraciadamente es tan común en nuestras cárceles y que podrán lavarse a todas las horas del día y aún lavar sus ropas los presos del encierro general. Contendrá la cárcel departamentos para toda clase de presos según sus diferencias en edad, sexo y categorías; enfermería y celda contigua al oratorio con tribuna alta en éste, a fin de que con la debida separación concurran los presos a los oficios divinos. Encierros de castigo cuya importancia y necesidad es harto conocida pues muchas veces no se pueden evitar ni aún corregir los graves desórdenes que por falta de ellos ocurre frecuentemente en las cárceles.
La nueva cárcel contendrá todas las oficinas y departamentos que puede necesitar y para conseguir totalmente el objeto a que se destina, sólo restará que se guarde en ella el régimen carcelario que con tanto vigor reclaman estos establecimientos, pues aunque es sabido que la disposición y forma material de tales edificios es uno de los más poderosos medios de conseguir los más saludables efectos a que se consagran, insuficientes serán si de ellos no se aprovechan sus alcaides o directores".
Según este ingeniero, el total de gastos que supondrán las obras ascenderá a treinta y siete mil doscientos reales vellón, incluidos los mil reales que había deducido de sus honorarios.
En el Boletín Oficial de Madrid, no 1555 de fecha Jueves, 15 de diciembre de 1842, se incluyen parte no oficial en el que dice: "Se sacan a subasta las obras de la construcción de una cárcel para el Partido en el edificio que se ha cedido del ex-convento de San Agustín de la villa de Chinchón, bajo plano levantado por el señor ingeniero de esta provincia don Mariano Marco-Artu, y según la suma de 37.200 reales, presupuesta por el mismo y según pliego de condiciones que han de guardarse para efectuar dichas obras.
Se informa que el remate está señalado para el domingo 25 de los corrientes en la salas capitulares, de 10 a 12 de la mañana".
Ese domingo, día 25 de diciembre de 1842, se celebra la puja en el salón de sesiones del Ayuntamiento y se remata a favor de don Matías Morales de Santa Cruz de la Zarza, avalado por don Juan Marcitllach, en un total de 30.000 reales.
La Diputación provincial de Madrid no acepta este remate, y después de varias gestiones, en el Boletín Oficial de Madrid no 1577 del sábado día 4 de febrero de 1843, se comunica una nueva postura para la construcción de la cárcel de acuerdo con el presupuesto hecho por los maestros de obras D. Víctor y Vicente Ruiz, para el domingo día 12 de febrero a las diez de la mañana.
Se remata, por fin, en un total de 14.850 reales, siendo el rematante don Gregorio Briceño. De esta cantidad, se hace un reparto de 12.569 reales entre todos los pueblos del Partido, de acuerdo con su población. Chinchón, tenía entonces 3.891 almas, y era la de mayor población del partido.
Con fecha 22 de agosto de 1843, se firma la diligencia de liquidación de las obras, en la que el rematante declara haber recibido un total de 15.149 reales, y, es de suponer, que desde esas fechas comienza a funcionar el edificio como cárcel y Juzgado de Instrucción del Partido Judicial de Chinchón.
Es el mismo Pascual Madoz quien nos dice en su obra: “MADRID, PROVINCIA, INTENDENCIA, VICARIA, PARTIDO Y VILLA”, publicado en Madrid en el año 1848, y referido a Chinchón: "Que fue separado el local que fue iglesia y que en el año 1846 fue destinado para capilla pública, habiéndose trasladado a él Nuestra Señora del Rosario que antes estaba en una ermita extramuros de la población, cuya inauguración tuvo lugar el día 25 de junio de 1846".
Por tanto, la antigua capilla del Convento de los Padres Agustinos, quedó dedicada al culto desde el 24 de junio de 1846, siendo arreglada con las limosnas que recogió Felipe Rocaberti, mayordomo de la cofradía y ermita de la Virgen del Rosario. El Ayuntamiento autoriza a esta hermandad para que trasladen la imagen de la Virgen del Rosario a esta iglesia con la condición de que en ella se diga una misa todos los domingos y días de fiesta de precepto.
Tal y como aconsejaba el ingeniero don Martiniano Mariano Marco-Artu, se abre una ventana a la iglesia desde una celda de la cárcel para que los presos puedan asistir a los cultos religiosos.
Existe un documento fechado el día 24 de septiembre de 1846, firmado por don Tomás González Haro, Alcalde-Presidente, en el que el Ayuntamiento solicitaba a los Condes de Chinchón la ampliación de su contribución para la instalación de la portada de la Capilla del Convento en la Iglesia parroquial.






Dice textualmente:
"Excelentísimos Señores Condes de Esta Villa de Chinchón.
El Ayuntamiento Constitucional de la misma a VV.EE con el debido respeto hace presente que en catorce de abril recurrieron a su Magnificencia a fin de que se dignasen conceder alguna suma para ayuda de los gastos de la traslación y colocación en la Iglesia nueva de la portada y columnas que había en la que fue de los PP. Agustinos de esta villa.
Cuando se proyectó la obra se creía que los gastos ascenderían a menos, pero habiéndose dado principio a los trabajos de su colocación se ha visto tienen que ascender a una tercera parte más, pues como aquella iglesia quedó sin concluir, se hallaba la fachada donde se está poniendo la indicada portada muy mal parada y endeble por lo que ha habido que asegurarla y robustecer los arranques, aumentando la obra y como para concluirla que de otro modo no puede quedar, carecen de recursos.
A VV.EE suplica se dignen conceder alguna cantidad más a los mil doscientos que ya tienen a este fin entregados para que con ello y otros que se puedan recibir concluyan las obra referida, cual a su hermosura y magnificencia corresponde.
Gracia que esperan conseguir de la munificencia de SS.EE. cuya vida guarde Dios muchos años.
Chinchón, septiembre de 1846.
Por acuerdo del Ayuntamiento,
Tomás González Haro. Alcalde –Presidente, Víctor (Ilegible) Rubricado”.
Como se desprende de este documento la portada que se colocó en la entrada sur de la Iglesia de la Asunción y que aún permanece allí, pertenecía al Convento de los Padres Agustinos de esta localidad, o sea, la actual iglesia del Rosario.
Esto, lógicamente, modifica sustancialmente las conjeturas anteriores, según las cuales, esta portada era de la antigua Iglesia de Santa María de Gracia.




En el centro de la portada existe una inscripción que dice:
SE TRASLADO ESTA PORTADA EN EL AÑO DE 1846 SIENDO SUS OPERARIOS VITOR RUIZ MANUEL CODES
Y JUAN DE HEREZA
Es curioso que en esta inscripción sólo figurasen los nombres de los operarios que hicieron la obra y ningún dato de las autoridades civiles o religiosas que pudieron ordenar este traslado.
Esta inscripción está deteriorada por lo que se podía pensar que la fecha que aparece era 1826, lo que había motivado el error. Cuando se realizó recientemente la reparación de la iglesia, tampoco ha quedado aclarada la fecha referida, al haber una grieta en esa parte de la inscripción.
Para corroborar la veracidad de esta procedencia, se pueden aportar algunas coincidencias.
Hay que reseñar que las obras de remodelación del edificio fueron adjudicadas a los Hermanos Vicente y Victor Ruiz y además Manuel Codes es otro de los contratistas de obras que aparecen en la documentación de las obras realizadas por el Ayuntamiento en la remodelación del convento de los padres agustinos para convertirlo en cárcel comarcal. Como hemos visto Vitor Ruiz y Manuel Codes son dos de los operarios que efectuaron el traslado de la portada, según se indica en la inscripción.
Por lo tanto, se puede decir que el traslado de la portada de la fachada sur de la Iglesia se realizó en el año 1846; que esta portada era de la iglesia del convento de los padres agustinos de Chinchón, y se acordó su traslado al pasar a propiedad municipal en el año 1842, por lo que tiene lógica el traslado al pasar el convento a manos civiles y cambiar el destino de su utilización; teniendo en cuenta, además, que la fachada de la iglesia de la Asunción no tenía decoración al no haber sido terminada, como se indica en la carta a la que hemos hecho mención.
Pasan 47 años y nos encontramos en el Archivo Histórico otro legajo, señalado con el número 69, que contiene un "Proyecto de reparación de la Cárcel del Partido de Chinchón".
Año 1890. Este legajo contiene un informe, fechado el 11 de julio de 1890 y firmado por el arquitecto 3o de la provincia don Luis María Argentí, quien dice que la cárcel de Chinchón presenta los inconvenientes de todo edificio que no ha sido construido para el destino que se le da. Dice que en 28 de octubre de 1870 y 16 de mayo 1879 se hicieron sendos informes por los arquitectos don Cirilo Vara y don Enrique de Vicente, respectivamente, quienes indicaban la urgente necesidad de hacer varias reparaciones, sin que estas se llevaran a cabo. Ahora las reformas eran imprescindibles, que aunque no darán una nueva forma al edificio, evitarán evasiones por defectos de construcción y mejorarán algo las condiciones.
Para ello propone hacer tapias, arreglar tejados y reformar varias partes del solado del edificio. Presenta un presupuesto de 5.187,62 pesetas y pliego de condiciones.
Adjunto, registrada con la signatura 16790, hay un acta notarial en la que D. Valerio Villalobos López, da fe de la adjudicación de estas obras, con fecha 12 de septiembre de 1890. Se presenta una sola puja de licitación a nombre de don Pedro Manuel Codes, por importe de 5.180 pesetas, siéndole adjudicadas provisionalmente las obras.
Van pasando los años y en este edificio, además de la cárcel y el juzgado, se van acondicionando las viviendas de los guardias municipales, del Secretario del Ayuntamiento y del personal de los propios juzgados, llegando, incluso, a utilizarse algunas de sus dependencias como depósito provisional de cadáveres.
En el año 1964, Chinchón deja de ser cabeza del Partido Judicial, y el Juzgado de Instrucción y la cárcel se trasladan a Aranjuez.
Quedan en el edificio las viviendas de alguno de los guardias municipales y el Juzgado Comarcal, siendo nombrado Juez D. Antonio Castillo Roldán.
Años después, en el mes de julio del año 1974, se suprimiría el Juzgado Comarcal con motivo de una reestructuración en el sistema judicial español, quedando, desde entonces en Chinchón, sólo el Juzgado de Paz.
Pero el destino iba a confabularse de nuevo para que esta propiedad de gran valor histórico y monumental que se había librado de pasar a manos privadas, y se quedase como patrimonio de Chinchón, fuese clave para el futuro económico y social del pueblo, al convertirse muchos años después en Parador de Turismo, que marca el inicio de la trayectoria turística de Chinchón.
Pero eso ya es historia reciente y sobradamente conocida por todos: El día 26 de junio de 1982 fue inaugurado oficialmente el Parador de Turismo de Chinchón.


lunes, 6 de agosto de 2018

REPERCUSIÓN DE LAS DESAMORTIZACIONES DEL SIGLO XIX EN CHINCHÓN. I


Resumen del trabajo presentado al concurso de investigación y memorias del año 2018, que fue declarado desierto y que publico por sí fuera de interés para los interesados en la historia de Chinchón. Esta es la primera entrega que tendrá continuación en otras dos publicaciones en los próximos días.

PRESENTACIÓN:
La atomización de la propiedad rústica en Chinchón ha sido un factor determinante para la evolución de la agricultura en nuestro pueblo.
La pequeña extensión de las parcelas y su distribución entre gran cantidad de propietarios ha marcado las grandes dificultades para la mecanización de la agricultura y ha dificultado la realización de la concentración parcelaria en nuestro municipio.
Esta circunstancia ha sido una constante en su evolución y ha marcado la economía y la realidad social en nuestro pueblo.
En este trabajo quiero resaltar cómo ha evolucionado esta propiedad desde que fueron colonizadas estas tierras a principios del siglo XIV y cómo han influido las distintas etapas históricas en su conformación. Desde los tiempos de los primitivos colonos y la división de las tierras en quiñones que se les cedieron para su cultivo; la cesión de estas tierras a los Marqueses de Moya para conformar el Señorío de Chinchón, hasta llegar a las distintas desamortizaciones que tuvieron lugar en el siglo XIX, cuando las tierras que entonces estaban en poder de las “manos muertas”, -señores, clero, municipio y patrimonio- fueron subastadas para pasar a formar parte de la propiedad particular.

ANTECEDENTES:
Cuando se inicia la repoblación y colonización del territorio que hoy conforma el territorio municipal de Chinchón, junto con los de los pueblos limítrofes, se marca la normativa a aplicar en el régimen de propiedad de las tierras que se estaban repoblando por la Municipalidad de Segovia.
Hay que destacar que, hasta esta fecha, la propiedad era adquirida por la fuerza de las armas; así las tierras iban pasando, de mano en mano, a los distintos invasores que derrotaban a los anteriores, siendo la titularidad del territorio de los jefes, bien se llamasen césares, reyes, califas o señores.
No obstante, cada una de las culturas que pasaron por aquí fue aportando significativas diferencias en la legislación sobre la propiedad. El derecho romano es el mejor ejemplo de lo dicho, que ha permanecido hasta nuestros días. También la religión cristiana influyó significativamente en conformar la normativa legal de la propiedad en esta época, en la que se levantaron nuevos Estados, que repartieron las tierras conquistadas entre Señores Feudales para gozar de su protección, creándose grandes extensiones de territorio que se denominaron feudos y que eran propiedad de una nueva clase social, los Señores Feudales, en donde los campesinos libres se convirtieron en vasallos que en ciertas circunstancias eran siervos y el lema era: "no hay tierra sin señor".
Estos señores feudales fueron sustituidos por los Reyes y fueron adquiriendo cada vez más importancia las municipalidades y concejos que concentraban la propiedad efectiva de las tierras, aunque se aceptase la soberanía del Rey como dueño y señor de todo el territorio.
No sabemos la fecha exacta en la que se fundó el pueblo de Chinchón, donde se fueron asentando los colonos que llegaban al territorio y los habitantes de los distintos asentamientos que existían en la vega, a lo largo del río Tajuña.
Lo que sí sabemos, según acredita el primer documento histórico del que se tiene constancia en Chinchón y que está fechado el 11 de octubre de 1375, es que el Concejo de la Ciudad de Segovia, que era propietario de la dehesa boyal de Valdechinchón, que se encontraba dentro del término del concejo de la aldea de Chinchón, hace donación del valle indicado al Concejo y hombres buenos de Chinchón para que tengan una dehesa donde pasten los bueyes con los que labran sus tierras.
Cuando el Concejo de Chinchón solicita esta donación, argumenta que no tiene dehesa donde pasten sus bueyes, lo que ocasionará que el concejo se puede despoblar y quedar yermo con lo que no podrán dar el servicio al Rey.
En esta época Chinchón era ya una aldea de la Ciudad de Segovia, cabeza del Concejo de su nombre y formaba parte de la tierra o municipalidad superior segoviana. Tenía personalidad jurídica independiente, y estaba capacitada para comprar, vender, donar, recibir donaciones, hipotecar, dar y tomar a censo y obligarse en derecho con otras personas jurídicas o individuales por actos y contratos, que para quedar firmes debían ser ratificados por el Rey.
Para mejor entender la evolución del sistema de propiedad, hasta llegar a las políticas de desamortizaciones, que es el objetivo de este trabajo, es necesario conocer lo que representaba el sistema de propiedad en la vida municipal de esta época.
Y nos lo va a aclarar un documento muchos años después, cuando termina la repoblación, y los caballeros quiñoneros realizan la venta de sus tierras a la Municipalidad de Segovia, en el precio de veinticuatro mil “maravedíes de moneda usual, que dos blancas hacen un maravedí”, venta que con fecha 2 de octubre de 1442 el Rey Juan II firmó y ratificó, en la Villa de Madrigal.
Lo comprado por los pueblos a los caballeros quiñoneros fueron, según este documento, todas las tierras, términos, prados, pastos, sotos, ríos, aguas y abrevaderos, casas, molinos, montes y todas las demás heredades, pesca y todos los otros derechos, tributos, pensiones reales, personales y mixtas que les pertenecían a las cuadrillas.
Cuando los pueblos se Segovia van a tomar posesión de los territorios se plantean distintas cuestiones de interpretación que hacen necesaria la promulgación de una real provisión del Príncipe de Asturias, don Enrique, fechada el veintiocho de enero de 1443, que regula la interpretación del documento.
Con este acuerdo, el dominio directo o la nuda propiedad queda vinculada a perpetuidad al Ayuntamiento de Ayuntamientos constituido por los pueblos de los sexmos de la tierra y Ciudad de Segovia, que en las escrituras de compraventa y en los documentos citados se le designa con el nombre de "Pueblos", reconociendo su personalidad y capacidad jurídica.
La propiedad útil o, mejor dicho, el usufructo sería de derecho para los caballeros, escuderos, dueñas y doncellas quiñoneros vecinos moradores de Segovia la mayor parte del año con casa poblada en la ciudad o sus tierras, y para los pecheros vecinos moradores de la ciudad, siempre y cuando, unos y otros trabajasen directamente, por sí o a su costa, la tierra, y también para los demás vecinos moradores del territorio que obtuviesen licencia de los pueblos compradores.
Los pueblos, como Señores del dominio directo, podían dar las ordenanzas oportunas que determinasen el orden de este singular sistema de propiedad. Pero estas ordenanzas debían reconocer, obligatoriamente, los mismos derechos a los caballeros y a los pecheros.
En lo que se refería a las viñas y a las tierras de labranza, los usufructuarios no pagarían ningún canon, renta ni tributo por dicho usufructo y disfrutarían del suelo no a perpetuidad sino sólo mientras los cultivasen por sí mismos, sin poder arrendarlo ni darlo en aparcería, ni edificar de nuevo más de una casa o corral, no pudiendo disfrutar de estos derechos nada más que en término municipal donde tuviesen su casa, su corral o su quiñón, bajo la pérdida de lo labrado y de los frutos conseguido en favor de los pueblos.
En las escrituras se establecía expresamente que los usufructuarios jamás podrían llamarse dueños y señores de la tierra que cultivasen ni podían disponer de ellas para venderlas, empeñarlas, cederlas ni trasmitirlas a otros por ningún título. Únicamente se les reconocía la propiedad plena sobre su trabajo del que los pueblos no podrían aprovecharse por tratarse de un derecho personal del productor.
Por eso se les reconoce el derecho a enajenar o trasmitir a otros la labor realizada por ellos. Esto quería decir que podían disponer, por actos de "intervivos" a favor de los vecinos y moradores de Segovia y por actos "mortis causa" a favor de sus hijos, descendientes y parientes, aunque no fueses vecinos y moradores de la ciudad, de las viñas que hubiesen plantado en las tierras y de las casas o chozas que ellos mismo hubiesen edificado.
Son normas muy avanzadas en materia de reconocimiento de los derechos nacidos del trabajo, con un espíritu igualitario y democrático, que no solamente intenta impedir la acumulación de la tierra en pocas manos, fuesen o no productivas, sino que llega a determinar que si alguno dejase de labrar la tierra durante un año, podría entrar a cultivarla cualquier pechero de la ciudad.
Por último, hay que destacar que cualquiera podía cortar leña, pescar y disfrutar de pastos para los animales de labor, pero siempre para su mantenimiento y uso personal, pero nunca para comerciar con ello.
Pasan los años y los nobles que son contrarios al Rey Enrique IV, consiguen que éste reconozca a su hermano Alfonso como heredero al trono de Castilla. En infante que sólo contaba con 11 años es manipulado por los nobles y le hacen firmar, a título de rey, un decreto según el cual estas propiedades pasaban de nuevo a los caballeros quiñoneros autorizándoles a poder venderlos a la nobleza.
Aunque el propio Rey Enrique interviene y deroga este decreto, parte de las 2.500 hectáreas que, en Chinchón, pertenecieron a los caballeros quiñoneros, fueron enajenadas por el Estado como bienes de propios a personas no vecinas del pueblo, a pesar de las reclamaciones efectuadas por el Ayuntamiento.
Por todo lo que hemos comentado hasta aquí de los territorios y sus jurisdicciones, podemos deducir que desde que se reconquistaron estas tierras del poder musulmán, y se inició la repoblación de las mismas, tuvo lugar un complejo proceso de señorización, que no siempre estuvo suficientemente regulado. Esto provocó no pocos conflictos entre las diferentes jurisdicciones concejil, real, señorial y eclesiástica, que dieron lugar a no pocos enfrentamientos.
Concretamente, aunque parte de las tierras de Chinchón pasaron, a partir de 1480, a ser propiedad de los nuevos Señores y después Condes de Chinchón, la mayoría siguió perteneciendo a los distintos propietarios particulares que, poco a poco, habían llegado a su dominio, y a la municipalidad de Chinchón, que cuando se producen las distintas amortizaciones todavía mantenían la propiedad de más del 60% de su territorio, que estaba dividido en gran cantidad de parcelas de pequeña dimensión.
Esta circunstancia se vería aumentada por la política familiar de dividir las propiedades en partes proporcionales para todos los herederos y una costumbre que se daba en el pueblo, según la cual, los señores solían “donar” una tierra a los criados de la casa, cuando éstos se casaban. Con ello, en Chinchón se daba la circunstancia de que la mayoría de sus pobladores eran propietarios, aunque estas propiedades fueran mínimas.

LA ILUSTRACIÓN:
Cuando se analiza la situación de la economía española por los ilustrados, se considera que el atraso de la agricultura española era una de las causas principales de su estancamiento, por la enorme extensión que alcanzaba en España la propiedad en poder de las "manos muertas" -la Iglesia y los municipios, de un modo fundamental- ya que estas tierras estaban en general mal cultivadas, además de que quedaban al margen del mercado, pues no se podían enajenar —ni vender, ni hipotecar, ni ceder— con el consiguiente aumento del precio de la tierra "libre"; además de no tributar a la Hacienda Real por los privilegios de sus propietarios.
Para paliar estos efectos, Pablo de Olavide y Gaspar Melchor de Jovellanos, aconsejaron poner en venta los bienes llamados baldíos. Se trataba de tierras incultas y despobladas que pertenecían a los ayuntamientos y que se solían destinar a pastos para el ganado.
Para Olavide la protección que se había dado hasta entonces a la ganadería era una de las causas del atraso agrario, por lo que propugnaba que «todas las tierras deben reducirse a labor» y por eso los baldíos debían venderse en primer lugar a los "particulares ricos" porque disponen de medios para cultivarlas, aunque una parte debía reservarse a los campesinos que tuvieran dos pares de bueyes.
Con el dinero obtenido se constituiría un fondo que serviría para la construcción de obras públicas —caminos, canales, puentes...—. De esta forma se conseguirían «vecinos útiles, arraigados y contribuyentes, logrando al mismo tiempo la extensión de la labranza, el aumento de la población y la abundancia de los frutos».
La propuesta de Jovellanos respecto de los bienes de los municipios era mucho más radical, ya que a diferencia de Olavide, que sólo proponía la venta de los baldíos respetando con ello la parte más importante de los recursos de los ayuntamientos, también incluía en la privatización las "tierras concejiles", que, como hemos visto, pertenecían a los concejos desde los tiempos de la colonización. Este, también incluiría en la desamortización, los bienes de propios, que eran las tierras que procuraban más rentas a las arcas municipales.
Jovellanos, partidario ferviente del liberalismo económico, defendió la venta «libre y absoluta» de estos bienes, sin hacer distinciones entre los posibles compradores, porque la liberación de baldíos y tierras concejiles es un bien en sí mismo, pues al dejar de estar tales tierras amortizadas, pasan a depender del «interés individual» y pueden ser inmediatamente puestas en cultivo".
Las ideas de Jovellanos influirán notablemente en los liberales que pusieron en marcha las desamortizaciones del siglo XIX gracias a la enorme difusión que tuvo su Informe sobre la ley agraria publicado en 1795, mucho mayor que la del "Plan" de Olavide, que sólo fue parcialmente conocido en el "Memorial ajustado" de 1784.



miércoles, 1 de agosto de 2018

FIESTAS PATRONALES DE SAN ROQUE Y LA VIRGEN DE GRACIA EN CHINCHÓN 2018



Y ESTAS SON, ESTE AÑO, LA REINA Y 
SUS DAMAS DE HONOR:



REINA DE LAS FIESTAS:

Lucia Nabais López

DAMAS DE HONOR:

Jimena Clemente Martinez


Cristina Bravo Fuentes


Isabel Carretero Garcia.

¡¡FELICES. FIESTAS PARA TODOS!!

domingo, 1 de julio de 2018

TUMBADO A LA BARTOLA


ESTOY  DE VACACIONES...

miércoles, 27 de junio de 2018

NOEMÍ, PRESIDENTA.



Era un país pequeño, pero que se había ido, con el tiempo, semejando a las grandes potencias. Tenía su Gobierno, sus instituciones, su ejército, sus partidos políticos, su economía y, hasta su correspondiente corrupción.
Pero como era pequeño, allí se conocían todos y era difícil pasar desapercibido y, sobre todo, ocultar su pasado y sus miserias. En este país pequeño, cuyo nombre es mejor no investigar, también había una Hacienda Pública, con su ministro correspondiente y sus inspectores que tenían una tarea francamente fácil, porque la vida privada y la economía de los paisanos eran diáfanas para todo el mundo. Eso no quiere decir que no hubiese fraude fiscal, ni mucho menos, porque ya se sabe aquello de la ley y la trampa que suelen hacer los que hacen ambas.
Un quince de mayo de uno de aquellos años, la ciudadanía se cansó de las proporciones a que estaba llegando la corrupción y la impunidad de los infractores y empezaron a proliferar las manifestaciones de protesta y por todo el pequeño país corrió una corriente de aire de regeneración que hizo que los partidos políticos firmasen unos estrictos códigos de conducta para intentar solucionar el problema. 
Ese año se convocaron elecciones legislativas y todos los partidos políticos empezaron a confeccionar sus listas de candidatos, empezando lógicamente por sus líderes.
Y ahí llegó el problema. Era prácticamente imposible encontrar quien no hubiera escrito un comentario machista o xenófobo en internet, quien no se había escaqueado a la hora de pagar el IVA, quien no había tirado una piedra a  un gato en su niñez, o quien no había conducido el coche con una copita de más, porque como ya he contado, allí se conocían todos.
Vamos, que en aquel pequeño país tenían un problema similar a cuando Dios, en el antiguo testamento, no lograba encontrar un hombre justo, por el que salvar a toda la humanidad del diluvio universal.
Y lo mismo que Dios encontró a su Noé; en aquel pequeño país de nombre no investigado, encontraron a una mujer intachable que logró pasar todas los parámetros exigibles. De cuarenta y dos años, madre amantisima y esposa ejemplar, amiga de sus amigos, buena vecina, colaboradora de varias ONGs, profesional reputada, apreciada por jefes, compañeros y subordinados y que mantenía todos los puntos en su carnet de conducir.
Y Noemí fue elegida presidenta del País.
Pero esto, también es un cuento.


lunes, 25 de junio de 2018

SEGISMUNDO ENCARCELADO



Segismundo no había tenido mucha suerte en su vida; de familia humilde, no pudo estudiar nada más que hasta los catorce años porque su padre le puso a trabajar en la yeseria de la familia que, con el paso de los años, vino a menos cuando la mecanización y la globalización arrasó con estas pequeñas industrias familiares. El ya tenía veinte años y gracias al boom de la construcción no tuvo dificultad para ganar sus buenos dineros como encofrador. Pasaron los años y ya con cerca de cuarenta, casado y con tres hijos devino al paro y a cobrar un pequeño subsidio además de ayudarse con las chapuzas que le iban saliendo, que para eso tenía una cierta habilidad y costumbre. 
Pero de encontrar un trabajo estable no había ninguna posibilidad y, como suele ocurrir en estos casos, las desgracias se fueron acumulando. Su mujer le abandonó, posiblemente con toda justicia, porque se había vuelto iracundo y desaseado, además de darse a la bebida, al principio los fines de semana y con el tiempo, también en el resto de los días. 
El juez decretó que ella tendría la custodia de sus hijos y a el se le daba el derecho a una visita al mes que no siempre cumplía, como tampoco el pago de la asignación mensual, aunque esto porque muchas veces no tenía posibilidad de hacerlo. Dicho de otra forma, iba dando tumbos por la vida; cada vez con menos expectativas y viviendo a salto de mata, gracias a los sablazos que iba dando a quien se ponía a su alcance.
A el, de pequeño, le hubiera gustado estudiar y sus maestros incluso decían a sus padre que tenía buenas aptitudes, pero ya de mayor y en sus circunstancias no veía ninguna posibilidad de hacerlo.
Y un día, viendo un reportaje de la tele, se le encendió esa bombillita que todos tenemos apagada encima de nuestras cabezas y que raramente se enciende, como mucho, una o dos veces en nuestra vida: la solución estaba en la carcel. Allí tenía el sustento asegurado, podría hacer deporte, decían que podría sacarse unas perras haciendo trabajos voluntarios, pero, sobre todo, tendría mucho tiempo para estudiar. Era cuestión de buscarse una condena de unos seis o siete años, para que le diese tiempo a estudiar una carrera y, con un poco de suerte, conocer allí dentro a algún político preso por corrupción que le pudiese recomendar cuando saliese.
El, en el fondo, era pacifico y no quería cometer ningún delito que hiciese daño a un inocente. Un robo debía ser muy gordo para una condena como el necesitaba, y como adema no tenía antecedentes...
Un jueves, muy de mañana, cogió un póster del Rey, hizo un cartel en el que podía leer “¡REYES LADRONES, BORBÓN AL PAREDÓN!” y se presentó en la mismísima Puerta del Sol, enfrente de estatua del oso y el madroño. 
Después de gritar en voz alta su eslogan procedió a la quema del póster real, ante el regocijo del personal, que no tardó en reunirse a su alrededor, secundado sus gritos y proclamas, lo que hizo que en menos de cinco minutos una patrulla de la policía le rodease y le intentase reducir. También estaban allí unos reporteros de la sexta que grabaron todas las circunstancias del acontecimiento, que les dio argumentos para una semana en sus tertulias. Un amigo que estudió leyes le había aconsejado que para conseguir su deseada condena, debería agredirse a la autoridad, por lo que, ni cortó ni perezoso, propinó un puñetazo a uno de los policías y una patada en las parte nobles de otro de sus captores. La noticia fue portada en todos los telediarios y tema de controversia en los medios, lo que hizo del pobre Segismundo un personaje célebre a su pesar.
Le aplicaron la Ley de Seguridad Ciudadana, más conocida como “Ley mordaza” y el juez decretó presión eludible con una fianza de cincuenta mil euros, que como es de comprender por todo lo narrado hasta ahora, el no pudo depositar en el juzgado, por lo que ingresó en lo que iba a ser su morada en los próximos seis años y cinco meses, a los que fue condenado un año después en el juicio en el que el se declaró culpable, añadiendo que sólo sentía y pedía perdón por el puñetazo y la patada que había propinado a los miembros de seguridad, a los que, reiteró, no tenía nada personal contra ellos.
En los cuatro años a que se redujeron por buena conducta su condena, el renuncio a todos los permisos reglamentarios y se cumplieron todas sus previsiones.
Ahora, trabaja como asesor legal de un exconcejal de urbanismo que conoció allí dentro, que regenta una empresa de Consulting inmobiliario; ha rehecho su vida con una antigua novia; ve mensualmente a sus hijos con los que ha retomado la relación y bendice la hora en que se le ocurrió la bendita idea de dar un giro tan radical en su vida.


sábado, 23 de junio de 2018

ESTA NOCHE EN CHINCHÓN ES UNA NOCHE ROMÁNTICA



Otra buena oportunidad para disfrutar de una buena noche en Chinchón, no os lo debéis perder.

miércoles, 20 de junio de 2018

REYES DE LAS FIESTAS



En el año 1963 se elegía por primera vez la Reina de las fiestas que con el paréntesis de 1965-1966, se ha venido realizando hasta la fecha, con sus damas de honor. En estos cincuenta años las sensibilidades han cambiado; han decaído los concursos de belleza y la imagen de mujer-florero está en entredicho. Simultáneamente, en Chinchón, el sistema de elección de las reinas y damas de honor en las Fiestas Patronales ha ido teniendo diversos sistemas, habiendo llegado, este año, al sorteo puro entre las señoritas que quieran optar a este nombramiento. Un sistema que evita conflictos a los electores, pero que no es el modo de elegir a las que mejor puedan representar a las jóvenes de Chinchón.
Porque, el motivo de esta elección y nombramiento es que presidan las Fiestas Patronales unas jóvenes que representen a la juventud de nuestro pueblo.
Hasta ahora se ha considerado la belleza de las jóvenes como medida para esta elección, cuando hay otros baremos que también se deberían tener en cuenta a la hora de nombrar quien represente a la juventud de Chinchón.
Se ha determinado como edad idónea los 18 años. Una edad, a mi juicio adecuada por diversas circunstancias, lo que me ha dado pie para hacer una propuesta que podría ser sometida a consulta antes de tomar una decisión.
Se debía nombrar “REYES DE LAS FIESTAS”, o sea, una joven y un joven que representen a toda la juventud de nuestro pueblo, y ese honor se podría ofrecer a los que mejor nota hubieran conseguido en la graduación del último curso del bachillerato, de cada año. De esta forma se estaría premiando unas características como el esfuerzo y la excelencia, que también son una forma de belleza digna de ser admirada. Lógicamente la aceptación del honor siempre sería opcional por parte de los elegidos.
Sin duda habrá opiniones para todos los gustos.

martes, 19 de junio de 2018

MACHISMO.


El nuevo gabinete de Pedro Sánchez ha sido saludado con alborozo por el hecho de tener once ministras en el Consejo de ministros. También se ha resaltado que tiene dos homosexuales. Claro está que también se ha puesto en valor el carácter profesional de la mayoría, aunque algún periodista se preguntaba si había alguna lesbiana entre ellas, algún transexual o algún representante de alguna otra minoría. Hay catalanes, andaluces, valencianos, extremeños; vamos, de todo un poco.
Es posible que hacer todas estas consideraciones no sea más que la necesidad de rellenar todos los días tanto periódico, tanta tertulia y tantas horas de televisión, pero no deja de ser un síntoma de andarse por las ramas y desviar la atención de lo verdaderamente importante: sus méritos y su capacidad de gestión.
Yo creo que es también un claro síntoma de machismo, aunque pueda parecer machismo positivo. Es posible que el lenguaje pueda marcar el pensamiento y el diccionario de la lengua española está plagado de giros machistas, pero decir consejo de ministras y de ministros no es nada más que una forma de dar la nota, con muy poco recorrido efectivo en favor del feminismo. Yo pienso que se habrá llegado a la verdadera igualdad cuando ya no haya que resaltar el número de mujeres que forman parte de un Consejo de Administración, porque se entienda que los que allí están han sido escogidos o escogidas (ya estamos con el maldito machismo del idioma), por su valía, sin tener en cuanta su sexo, condición, raza o religión. 


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MIS EDICIONES MUSICALES

MIS EDICIONES MUSICALES
SENTIRES. Canta Mª Antonia Moya. Edición remasterizada. 2012. Incluye las canciones siguientes:

AVE MARIA

AVE MARIA
De Schubert. Canta María Antonia Moya, acompañada por el Maestro Alcérreca. 2011. Para escucharlo, pinchar en la image.

LA TARARA

LA TARARA
Canta Maria Antonia Moya. Si quieres escuchar la canción, pincha en la imagen

LOS PELEGRINITOS

LOS PELEGRINITOS
La canción de Lorca, cantada por María Antonia Moya, con imágenes de Lucena (Córdoba) Para escuchar la canción pincha en la imagen.

EN EL CAFÉ DE CHINITAS

EN EL CAFÉ DE CHINITAS
La copla de Lorca, cantada por María Antonia Moya, acompañada a la guitarra por Fernando Miguelañez. 1986. Para escuchar la canción, pinchar en la imagen

VERDE, QUE TE QUIERO VERDE

VERDE, QUE TE QUIERO VERDE
Maria Antonia Moya canta el Romance Sonámbulo de Federico García Lorca. Puedes escucharlo pinchando la imagen.

LOS CUATRO MULEROS.

LOS CUATRO MULEROS.
Canta: María Antonia Moya. 1986.Para escucharlo,pinchar en la imagen.

PERFIDIA

PERFIDIA
Canta Maria Antonia Moya, acompañada a la guitarra por Fernando Miguelañez. Año 1986. Para escuchar la canción, pincha en la imagen.

PASODOBLE DE CHINCHÓN

PASODOBLE DE CHINCHÓN
Letra: L.Lezama - Música: Palazón. Canta: María Antonia Moya. 1987Puedes escucharlo pinchando en la imagen

MIS LIBROS DE FICCIÓN. EL AMARGO SABOR DE LAS ROSAS.

MIS LIBROS DE FICCIÓN. EL AMARGO SABOR DE LAS ROSAS.
"El amargo sabor de las rosas" Novela. Marzo de 2017

MIS QUERIDOS FANTASMAS

MIS QUERIDOS FANTASMAS
ENERO 2020. RELATOS Y CUENTOS..PRÓXIMA EDICIÓN

HISTORIAS IMPOSIBLES

HISTORIAS IMPOSIBLES
ENERO 2020. PRÓXIMA EDICION.

SUI GENERIS

SUI GENERIS
ENERO 2020. PRÓXIMA EDICIÓN

LA BODA

LA BODA
"La boda" 1996 -2001. Inédito.Para leer el cuento, pincha en la imagen

ANDANZAS Y SENTIRES

ANDANZAS Y SENTIRES
"Andanzas y sentires" 2003. Inédito. Para leer el libro, pinchar en la imagen,

EL CIELO DE LAS AMAPOLAS

EL CIELO DE LAS AMAPOLAS
nueva edición 2022

CUENTOS DE OTOÑO

CUENTOS DE OTOÑO
Cuentos de Otoño. 2006. Si quieres leer los cuentos, pulsa en la imagen.

LUZ DEL CIELO Y OTROS RELATOS CON NOSTALGIA

LUZ DEL CIELO Y OTROS RELATOS CON NOSTALGIA
“Luz del Cielo” y otros relatos con nostalgia. 2019. Proximamente en este blog

CUENTOS DE CAFÉ CON LECHE

CUENTOS DE CAFÉ CON LECHE
Cuentos de café con leche. Pinchar en la imagen para leer los cuentos.

CUENTOS AMORALES

CUENTOS AMORALES
"Cuentos amorales" 2005. Inédito. Para leer los cuentos, pincha en la imagen

LOS CUENTOS DEL ABUELO

LOS CUENTOS DEL ABUELO
Próximamente en este blog.

TRABAJOS FORZADOS

TRABAJOS FORZADOS
Recopilación de 44 relatos escritos para el taller literario.2007-2012. Para leer los relatos pinchar en la portada.

LOS VELOS DE LA MEMORIA I. HISTORIA DEL SOLAR

LOS VELOS DE LA MEMORIA I. HISTORIA DEL SOLAR
"Los velos de la memoria". Historia del Solar. Edición restringida de 95 ejemplares. Se presentó el 10.1. 2010.

LOS VELOS DE LA MEMORIA II. EL AMO.

LOS VELOS DE LA MEMORIA II. EL AMO.
Los Velos de la Memoria II. El Amo. Edición digital. 2012.

DÉJAME QUE TE CUENTE....

DÉJAME QUE TE CUENTE....
"Déjame que te cuente"... 2013. Recopilación. Para leerlo, pinchar en la portada del libro.

LOS VELOS DE LA MEMORIA III LA HEREDERA

LOS VELOS DE LA MEMORIA III LA HEREDERA
LOS VELOS DE LA MEMORIA III. La Heredera..AÑO 2014.

HISTORIAS DE INTRIGA PARA DORMIR LA SIESTA

HISTORIAS DE INTRIGA PARA DORMIR LA SIESTA
2013.Recopilación de relatos. Para leerlos, pincha en la portada

PAISAJES CON FIGURA

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2013. Recopilación. Para leer los relatos, pinchar en la portada

MIS LIBROS DE ENSAYO. LA OPINIÓN DEL EREMITA

MIS LIBROS DE ENSAYO. LA OPINIÓN DEL EREMITA
LA OPINIÓN DEL EREMITA. Recopilación. 2008-2013. Para leer los trabajos, pinchar en la portada.

LA OPINIÓN DEL EREMITA 2º TOMO

LA OPINIÓN DEL EREMITA 2º TOMO
Segunda entrega. Próximamente en este blog.

MIS OBRAS DE TEATRO.

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MIS LIBROS DE POESÍAS.

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MIS LIBROS DE VIAJES

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Los viajes del Eremita.Volumen I. 2016.

LOS VIAJES DEL EREMITA VOLUMEN II

LOS VIAJES DEL EREMITA VOLUMEN II
VOLUMEN II. LOS VIAJES DEL EREMITA.

LOS VIAJES DEL EREMITA. VOLUMEN III

LOS VIAJES DEL EREMITA. VOLUMEN III
Los viajes del Eremita. 2016.

LOS VIAJES DEL EREMITA. VOLUMEN IV

LOS VIAJES DEL EREMITA. VOLUMEN IV
Los viajes del eremita.Volumen IV. 2016.

EL CATÁLOGO DE MI PINTURA.

EL CATÁLOGO DE MI PINTURA.
POLITÉCNICA. CATÁLOGO DE ARTE. Pintura, dibujo, diseño.Para ver el catálogo, pinchar la portada

FOTOGRAFÍA: ESPAÑA,UN MOSAICO DE IMÁGENES.

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ESPAÑA: UN MOSAICO DE IMÁGENES. Fotografías. Para verlo, pinchar en la portada.

FOTOGRAFÍA: CHINCHÓN EN DUOTONO.

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CHINCHÓN EN DUOTONO. Fotografía.Para ver la exposición, pinchar en la portada.

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TURISMO. IMÁGENES DE MIS VIAJES. Fotografías. Para verlas, pinchar en la portada.

FOTOGRAFÍA: MIS FOTOS.

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FOTOGRAFÍA: FLORES Y PLANTAS

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Flores y Plantas. FOTOGRAFÍAS. Para ver esta exposición, pinchar en la portada.

LAS RECOMENDACIONES DEL EREMITA: CHINCHÓN MONUMENTAL.

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Museo Etnológico LA POSADA DEL ARCO

Museo Etnológico LA POSADA DEL ARCO
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